Proyecto de Ley crearía la nueva provincia Ramón Matías Mella

La pieza es del diputado Tonty Rutinel Domínguez y persigue dividir la actual provincia Santo Domingo.

PeriodismoySociedad.net, RD. Un proyecto de Ley, mediante el cual, se crearía la nueva provincia Ramón Matías Mella, producto de la segregación de la actual provincia Santo Domingo, fue sometido, vía la secretaria de al Cámara de Diputados por el legislador Tonty Rutinel Domínguez, del partido Revolucionario Moderno, PRM.

La nueva provincia estaría conformada por cuatro (4) municipios, que serían: Santo Domingo Norte, Santo Domingo Oeste, Los Alcarrizos y Pedro Brand, segregados de la actual provincia Santo Domingo, la que quedaría conformada por los territorios de los municipios:  Santo Domingo Este, San Antonio de Guerra y Boca Chica.

El proyecto establece que los municipios de las resultantes nuevas provincias, afectadas por la creación de esta segregación, mantendrán sus mismos territorios, límites, sus distritos municipales, parajes y secciones.

DE LAS DISPOSICIONES MODIFICATORIAS

El Artículo 18 del proyecto de Ley, provocaría la modificación de la Ley No.163-01. Se modifican los artículos 2, 3, 4 de la Ley No. 163-01, del 16 de octubre de 2001, que crea la provincia Santo Domingo y modifica la Ley No.5220, del 21 de septiembre de 1959, sobre división territorial de la República Dominicana, para que en lo adelante se lean así:

“ARTÍCULO 2.- A partir de la promulgación de la presente ley, el Distrito Nacional estará constituido por la parte de la ciudad de Santo Domingo que tiene por límites al Norte, el Río Isabela; al Sur, el Mar Caribe; al Este, el Río Ozama; y al Oeste, una línea que se inicia en el Mar Caribe y que sigue hacia el Norte por el límite Oeste de la urbanización Costa Verde, hasta la prolongación de la avenida Independencia. Toma esta vía en dirección oeste-este, hasta la avenida Luperón. Sigue por esta vía de sur a norte hasta la autopista Duarte; sigue dicha autopista en dirección sur-norte hasta el paraje de Pantoja, del actual municipio de Los Alcarrizos, la cual bordea por sus límites sur y este y continúa por los límites occidentales del paraje La Isabela de dicha sección hacia el norte, hasta encontrar el Río Isabela.”

También modificará el “ARTÍCULO 3, que establece que La provincia de Santo Domingo estará constituida por todo el territorio del actual Distrito Nacional, que queda fuera de los nuevos límites, indicados en el artículo 2 de esta ley, la cual le asigna que ahora, la misma estaría integrada por los municipios de Santo Domingo Este, Boca Chica y San Antonio de Guerra.”

Los límites de la provincia Santo Domingo serán: al Norte, la provincia de Monte Plata; al Sur, el Río Isabela; al Este, la provincia de San Pedro de Macorís, y al Oeste, el Río Isabela y la provincia Matías Ramón Mella.”

ELECCIÓN DE LAS NUEVAS AUTORIDADES PROVINCIALES Y MUNICIPALES.

De aprobarse, la nueva legislación establece que la elección de autoridades legislativas y municipales de la provincia Matías Ramón Mella serán electas en el periodo constitucional 2024-2028, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, y las autoridades municipales continuarán en sus funciones hasta el término de su mandato, conforme a la Ley No.64-05, del 31 de enero del 2005, mediante la cual se elevan los distritos municipales de Los Alcarrizos y Pedro Brand a la categoría de municipio y la Ley del Distrito Nacional y los municipios.

En cuanto a la designación de las autoridades de la Gobernación Civil, establece que el Poder Ejecutivo, una vez entre en vigencia la presente ley, designará el gobernador civil, de la provincia Matías Ramón Mella, conforme al artículo 86 de la Constitución de la República.

En cuanto al Poder Judicial, manda a que el Consejo del Poder Judicial y el Poder Ejecutivo adoptarán todas las medidas de carácter administrativo y de estructura funcional que fueren necesarias para la provincia Matías Ramón Mella.

ORDENA A LA JCE

También advierte de medidas administrativas de la Junta Central Electoral, a la que se instruye a realizar los recaudos técnicos y administrativos para la celebración de las elecciones de las autoridades municipales y legislativas de la provincia Matías Ramón Mella, correspondientes al periodo constitucional 2024-2028.

JUSTIFICACIONES DEL PROYECTO EN CONSIDERANDOS.

Entre sus considerandos justificativos de la creación de la provincia Ramon Matías Mella, están que: la composición socio-económica actual de la provincia de Santo Domingo está diferenciada en sus regiones: norte, este y oeste, así como distanciadas una de la otra, promoviendo la incomunicación y la imposibilidad de integrarse adecuadamente para lograr una identidad propia que le permita diseñar un plan estratégico de desarrollo;

Otro considerando establece que la provincia Santo Domingo, de acuerdo a cifras del Censo de Población y Viviendas de 2010, tenía un promedio de 2,995,211 habitantes, equivalentes a toda la población de las provincias: Monte Plata, Peravia, Sánchez Ramírez, Monseñor Noel, Valverde, María Trinidad Sánchez, Montecristi, Bahoruco, Samaná, Salcedo, El Seibo, Hato Mayor, Elías Piña, San José de Ocoa, Dajabón, Santiago Rodríguez, Independencia y Pedernales; Población (2017), Total 4,263,053 habitantes.

También señala: Que la esencia fundamental de la democracia radica en que los representantes se acerquen más a sus electores o representados para participar juntos en el diagnóstico, elaboración, ejecución, control y evaluación de los planes que permitan el desarrollo integral de la comunidad;

Establece, además, que el afianzamiento del proceso de reforma y modernización del Estado depende del fortalecimiento de los municipios, las provincias y sus regiones, combinado con el impulso y profundización del proceso de desconcentración y descentralización de las funciones del mismo;

El considerando decimoprimero establece:  Que la gran extensión superficial y demográfica de la provincia Santo Domingo dificulta el manejo, desarrollo y prestación eficaz de los servicios básicos que merecen sus habitantes;

Finalmente resalta en un último considerando: Que constituye una gran injusticia el hecho de que los habitantes de los municipios Santo Domingo Oeste, Los Alcarrizos y Pedro Brand tengan que recorrer grandes distancias y atravesar o bordear el territorio del Distrito Nacional para llegar a la ciudad cabecera localizada al otro extremo de la provincia;

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