Una gran conquista: La ciudadanía ya puede participar en la discusión sobre la reforma laboral

PeriodismoySociedad.net, RD. Los ciudadanos disponen de 30 días, a partir de este jueves 10 de febrero para presentar propuestas  para la actualización y modernización del Código de Trabajo de la República Dominicana.

La decisión fue adoptada por el Consejo Consultivo de Trabajo (CCT), durante su segunda sesión con la participación del sector gubernamental, laboral y sindical.

El Ministro de Trabajo y presidente del CCT, Luis Miguel De Camps García, informó que dichas propuestas serán recibidas durante un plazo de 30 días, hasta el 10 de marzo, con el objetivo de conocer la opinión de la población.

Las propuestas, comentarios y sugerencias deberán ser enviados al correo consultareformalaboral@mt.gob.do , donde el usuario remitente recibirá una respuesta de recepción del mensaje y cuya propuesta será debatida por los distintos sectores que conforman el Consejo Consultivo de Trabajo.

Durante el encuentro, celebrado en el Salón Yolanda Guzmán del Ministerio de Trabajo, los representantes de los sectores empleador, sindical y gubernamental plantearon que hay temas de interés para reformular y actualizar la normativa laboral dominicana.

De Camps García expuso que las propuestas que se reciban de cada sector de la población quedarán expuestas en el escenario de las discusiones, como es CCT, con el propósito de que tenga una característica amplia y participativa.

“Este proceso de consultas abiertas, garantiza que todos los sectores puedan ser escuchados y tomadas en cuenta en las discusiones de este escenario plural y participativo”, agregó.

HISTORIA

El actual Código Laboral o de Trabajo de la República Dominicana data del 29 de mayo del año 1992, creado mediante la Ley núm. 1692.

El anteproyecto del presente Código fue elaborado por una comisión de eminentes juristas dominicanos. En diversos encuentros entre representantes del Gobierno y de organizaciones de empleadores y de trabajadores se analizaron las disposiciones proyectadas.

Presentado ante una Comisión Bicameral del Congreso Nacional, y luego de diversos encuentros tripartitos, se aprobó el presente Código de Trabajo de la República Dominicana. La Oficina Internacional del Trabajo brindó su asistencia técnica durante este proceso.

Con su aprobación quedoo expresamente derogado el anterior “Código Trujillo” de 1951, publicado por la Serie Legislativa con la signatura SL 1951Dom. 1, así como la legislación modificatoria del mencionado Código (también publicada por la Serie Legislativa entre 1951/1957 y 1960/1961) y cualquier otra disposición legal que le sea contraria (arts. 732 y 733).

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