Presidente Medina modifica veda para captura de variedades del Cangrejo
Ahora abarca del 1 de marzo al 30 de junio variando el anterior que era del 1 de diciembre al 30 junio
Santo Domingo, RD. El presidente Danilo Medina emitió un decreto que establece un nuevo período de veda de captura de cangrejos, comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de junio de cada año.
El decreto 6-18, emitido hoy, busca evitar la extinción de especies de cangrejos Paloma Cueva, Zumba o Pelú, Cangrejo Moro, Cangrejito Rojo y Jaiba Sirica y proteger la riqueza marina nacional del Estado dominicano.
Anteriormente se había establecido un periodo de veda que iniciaba el 1 de diciembre y se extendía hasta el 30 de abril de cada año. Sin embargo, resultados de estudios técnicos sobre los aspectos biológicos y pesqueros del cangrejo de manglar arrojaron que ese espacio no coincide con la época pico de reproducción y muda.
El artículo 2 del decreto 6-18 prohíbe la comercialización, exportación y tenencia de carne o masa de cangrejos de las citadas especies durante el periodo de veda a partir de este viernes.
El Poder Ejecutivo prohibió, además, la captura de cangrejos juveniles en cualquier época del año y la captura mediante varillas, ganchos o cualquier otro utensilio contundente o arte de pesca que no permita reconocer el sexo del animal.
El Consejo Dominicano de Pesa y Acuicultura (Codopesca) quedó encargado de velar por el cumplimiento de la disposición presidencial.