Dilia Leticia Jorge afirma JCE cumple la ley al asignar apellidos a personas abandonadas
La experta en Derecho de Familia dijo que entre las personas en esa condición los hay niños, niñas, adolescentes y los que dentro de meses o apenas un año entrarán en la edad adulta legal (18 años) en la República Dominicana.
SANTO DOMINGO, República Dominicana. -La catedrática y especialista en derecho de menores y familia Dilia Leticia Jorge Mera afirmó que la Junta Central Electoral (JCE) cumple con el mandato de la ley al decidir asignar apellidos a personas que de niños fueron abandonados por sus padres o tutores y no cuentan con ningún vínculo familiar.
Citó la Ley 136-03, que dispone que los niños y niñas dejados en abandono tienen el derecho a un nombre y una nacionalidad, a ser inscritos en el Registro Civil y que, debido a que carecen de padres o tutores, el Estado a través del Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (CONANI) debe asumir esa responsabilidad.
Detalló que previamente se investiga para determinar que no existe ningún vínculo con los padres u otros familiares, y luego se procede a solicitar a través de una sentencia judicial una orden para su inscripción en la Oficialía del Estado civil que corresponda.
“Lo que ocurre con esos niños y niñas es que solamente figuran con un nombre. Y en la parte que dice padre y madre, dicen que son desconocidos; que carecen de filiación para poder establecer sus apellidos”, precisó.
Dijo que esos menores permanecen sin apellido hasta que una familia los adopte, pero si no son adoptados entonces corresponde al Estado dotarlos de un apellido e inscribirlos con nombre y apellido en el Registro Civil, para que puedan disfrutar de todos sus derechos civiles y humanos.
Entrevistada en el programa A partir de ahora, de Acento TV (canales 38 de Claro, 39 y 439 de Altice, y 41 de Star Cable en Santiago) por el periodista Gustavo Olivo Peña, la abogada Dilia Leticia Jorge Mera restó validez a los argumentos esgrimidos por quienes se oponen a la decisión de la JCE contenidos en la Resolución No. 03-2017 del 23 de mayo del 2017, salió a la luz pública en el mes de diciembre recién pasado.
La catedrática Jorge Mera aclaró que no es cierto que se trate a ciencia cierta de personas extranjeras, porque cuando una persona es dejada en abandono y pierde el vínculo con su familia no hay manera de establecer si es hijo de padres dominicanos o extranjeros.
Asimismo, explicó que no se trata de un número exagerado de personas sin vínculos familiares, porque apenas hay poco más de 200 casos.
Dijo que entre las personas en esa condición los hay niños, niñas, adolescentes y los que dentro de meses o apenas un año entrarán en la edad adulta legal (18 años) en la República Dominicana.
Indicó que esos niños, adolescentes y jóvenes necesitan tener un apellido y un nombre debidamente reconocido en el Registro Civil para poder insertarse en la sociedad, estudiar, trabajar y tener una vida productiva para su propio provecho y el de la sociedad en general.
Fuente: Acento.com.do